POLÍTICA DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN ENS

La Dirección de RAIOLA NETWORKS, consciente de la necesidad de promover, mantener y mejorar el enfoque hacia el cliente en todas sus actividades, ha implantado un GRC (Gestión Riesgo y Cumplimiento) conforme al estándar cuyo objetivo final es asegurar que entendemos y compartimos las necesidades y metas de nuestros clientes, intentando prestar servicios que cumplan sus expectativas trabajando en la mejora continua. Manifiesta expresamente su compromiso de potenciar la Seguridad, Ciberseguridad y Privacidad, de la Información del servicio prestado con su GRC de ENS, y se compromete a satisfacer las necesidades y expectativas de las partes interesadas, a mantener alta nuestra competitividad en El Sistema de Información que da soporte a la prestación de los siguientes servicios: Servicios de Hosting, Housing, Servidores VPS y Servidores dedicados.

Esta política de seguridad de la información establece el marco normativo bajo el cual RAIOLA NETWORKS garantiza la seguridad, confidencialidad, integridad, disponibilidad, autenticidad y trazabilidad de la información tratada en sus sistemas. Se basa en el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad (ENS), y se complementa con la normativa interna y las guías de buenas prácticas del CCN-CERT.

Esta política aplica a todos los empleados, colaboradores y terceros con acceso a los sistemas de información de RAIOLA NETWORKS y cubre la totalidad de los activos tecnológicos y procesos críticos de la organización.

MISIÓN y OBJETIVOS:

Nuestra misión y objetivos lo conseguiremos a través de:

Así mismo, estos principios se deberán contemplar en las siguientes áreas de seguridad:

El objetivo último de la seguridad de la información es asegurar que una organización pueda cumplir sus objetivos utilizando sistemas de información. En las decisiones en materia de seguridad deberán tenerse en cuenta los siguientes principios básicos:

ROLES O FUNCIONES DE SEGURIDAD

Roles o funciones de seguridad:

Responsable de la Información: determinará los requisitos (de seguridad) de la información tratada, según los parámetros del Anexo I del ENS.

Responsable del sistema: Desarrolla, opera, mantiene y define la topología del sistema

Responsable de Seguridad de la Información: Determina las decisiones para satisfacer los requisitos de seguridad de la información y de los servicios.

Responsable del Servicio: Determina los requisitos (de seguridad) de los servicios prestados, según los parámetros del Anexo I del ENS.

El Comité de Seguridad de RAIOLA NETWORKS con la finalidad de regular y procedimentar las medidas y políticas de seguridad y privacidad de la información, así como de las normativas orientadas a la adaptación de los sistemas de información a la normativa vigente de protección de datos de carácter personal., tiene entre otras funciones:

Componen el CSI:

Considerando estas pautas, esta dirección reitera su más firme compromiso aunando esfuerzos para el logro de estos objetivos, por lo que esta política es entendida, implantada y mantenida al día en todos los niveles de la organización.

Se entenderá que el rol se renueva automáticamente si no se sustituye o causa baja expresamente.

ESTRUCTURA Y CLASIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN:

La documentación del sistema sigue la siguiente estructura:

Estructura y clasificación de la información

La clasificación de la información del sistema se clasifica en las siguientes categorías, tal y como se establece en documento Normativa de Seguridad

Cada categoría de información está protegida con medidas específicas:

Uso Público: No requiere medidas restrictivas, pero se garantiza la autenticidad de la fuente.

Uso Interno: Acceso limitado a empleados autorizados. Protección mediante controles de acceso y autenticación.

Uso Confidencial: Cifrado obligatorio en tránsito y en reposo, almacenamiento seguro y control de accesos reforzado con autenticación multifactor.

Legislación aplicable en materia de tratamiento de datos de carácter personal

En materia de tratamiento de datos de carácter personal se tendrá en cuenta, principalmente, el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y la legislación nacional correspondiente.

El marco legal y regulatorio aplicable se encuentran recogido en el documento Registro Identificación y evaluación de requisitos legales.

Los riesgos que se derivan del tratamiento de los datos personales se analizan en el documento Gestión de Riesgos de Privacidad de LOPD.

Considerando estas pautas, esta dirección reitera su más firme compromiso aunando esfuerzos para el logro de estos objetivos, por lo que esta política es entendida, implantada y tenida al día en todos los niveles de la organización.